Die Nürnberger Prozesse

 

Es 1945. La guerra ha terminado y los aliados, con sed de venganza, claman justicia. El existencialismo de Jean-Paul Sartre estalla en un mundo incapaz de entender el nuevo color gris de Europa. Autores como Karl Popper publican libros donde plasman la situación. Una obra suya de ese año, «La Sociedad abierta y sus enemigos», dice así: <<En aquel momento las discusiones políticas del salón giraron sobre la cuestión: ¿qué prefieres, el fascismo o el bolchevismo? Esta pregunta, obviamente, está basada en la desesperación por la democracia>>. <<Si queremos que nuestra civilización sobreviva, debemos romper con el hábito de reverenciar a los grandes hombres. Los grandes hombres pueden cometer grandes errores>>.

Aquel año supuso un momento de inflexión en la historia que obligó a la humanidad a pensar. En el centro de esa inflexión estaba la conciencia de los derechos humanos que con su violación y olvido se había sobrevenido una tragedia de la que ya no quedaba más consuelo que «aceptarla» como garantía para promover la paz. Una aceptación con consecuencias. La primera empezaba por no olvidar y tenerlo presente para siempre y no repetirlo. La segunda consistiría en juzgar una nueva forma de crimen, para la que se creó una nueva palabra: genocidio. La tercera, vinculada a la segunda, supuso la construcción de un sistema de normas internacionales que derivó en la creación de lo que hoy conocemos como Derecho Internacional.

El descrédito de las democracias liberales y la fuerza que proyectaban las dictaduras se mostraron ante el pueblo alemán como la alternativa necesaria para salir de la crisis de 1929. La obligación de pagar la derrota de la Primera Guerra Mundial con el Tratado de Versalles provocó, como todos sabemos, un descontento popular que gestó la ideología del nazismo, el ascenso de Hitler, y la Segunda Guerra Mundial. Hasta entonces, el derecho que regulaba la guerra establecía que los Estados eran responsables de los delitos cometidos por sus soldados y no había un principio de responsabilidad personal como tal. Ahora, por primera vez en la historia pretendían perseguir, detener, y «juzgar» a los líderes de forma individualizada como responsables de los crímenes que habían cometido.

Hitler escribió Mein Kampf en la prisión de Landsberg en 1925, y se hizo rico mostrando su carácter antisemita, xenófobo y nacionalista, encubierto tras un socialismo de cartón. La Ley Habilitante fue aprobada en marzo de 1933 con el apoyo de 441 votos a favor y solo 94 en contra, de un total de 535 parlamentarios, otorgándole el control del Parlamento y abriéndole la posibilidad de dictar leyes contrarias a la Constitución. Él y su partido llegaron al poder a través de las urnas de forma legal, siguiendo el procedimiento previsto en el ordenamiento alemán, siendo nombrado canciller por el presidente Von Hindenburg. ¿Cuál sería la solución para juzgar esto? No tardó en ser declarado <<hombre del año>> por la revista TIME en 1938, y antes de que el ejército alemán invadiera Polonia en 1939, ya se habían vendido más de doce millones de ejemplares de su libro. ¿Podría decirse que el mundo tuvo ante sus ojos algo que pocos quisieron ver? ¿Nadie creía que se pudiera llegar a algo así? Todo lo que se avanzó en la etapa de entreguerras para establecer un orden jurídico que previese las penas en caso de violación de las normas no funcionó y es en este escenario cuando estalla la guerra.

Tras ella, en 1945, la mayoría de líderes se suicidaron o huyeron. Personas que decidieron la vida y la muerte de otras personas se lucraron y no sólo evitaron su castigo, si no que en algunos casos incluso prosperaron. En esa situación y viendo lo difícil que era definir la acusación, Estados Unidos, el Gobierno Provisional de la República Francesa, Reino Unido y la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas se reunieron varias veces durante ese año firmando finalmente el Estatuto de Londres y creando un Tribunal Militar Internacional. Quedó fijada entonces la base normativa en cuanto a legitimación, competencias, definición de delitos, responsables, y penas a aplicar. Cada país seleccionó un juez y un suplente y decidieron los cargos que éstos iban a juzgar: 1. Conspiración; 2. Crímenes contra la paz; 3. Crímenes de guerra; y 4. Crímenes contra la humanidad. Aquel Reich todopoderoso que perseguían, manejaba una política exterior improvisada y oportunista. Por eso, la demostración de que había existido una «conjura» iba a ser la base de la acusación. El objetivo nazi de conspirar contra la paz para desencadenar la guerra sería la clave que permitiría extender las responsabilidades.

¿Alianza? ¿Unión? En realidad el único punto que les vinculaba a los Aliados era la necesidad de permanecer unidos contra Alemania. No podían prescindir los unos de los otros pero se estaba fraguando su enemistad. Se cumple aquí el ni contigo ni sin ti. Churchill quería impedir el avance del comunismo en Europa con el apoyo de Roosevelt y los estadounidenses necesitaban a los rusos para evitar que el Imperio Británico frenara sus decisiones. El Estatuto que firmaron declaraba también la condición de organización criminal a los grupos u organizaciones que hubieran tenido responsabilidades así como la posibilidad de juzgar «in absentia» a los investigados que no se pudieron capturar. Dirigiendo la acusación a las organizaciones podrían justificarse los cargos contra los nazis que no habían tenido conexión directa con los actos de ejecución. En total, veinticuatro fueron los acusados además de las siguientes organizaciones: 1. El Gabinete del Reich, el Consejo de Defensa y el Consejo de Ministros. 2. Schutzstaffel o SS. Comenzó siendo el servicio de guardaespaldas de Hitler, se convirtió en élite militar y participó en la administración los campos de concentración. 3. Sturmabteilung o SA. Los camisas pardas de los años 20 y 30, decisivos en el ascenso de Hitler. 4. SD, servicio de inteligencia de las SS. 5. La Gestapo. La policía secreta subordinada a las SS, formada por oficiales de policía y profesionales del Derecho. Comenzó como policía secreta prusiana hasta que nombraron a Göring comandante de la Gestapo en Prusia y éste consiguió que abarcase toda Alemania, con la excepción de Baviera. 6. OKW. El Estado Mayor y Alto Mando de las Fuerzas armadas alemanas o Wehrmacht. 7. NSDAP. Los líderes políticos del partido nacionalsocialista obrero alemán.

Núremberg, situada en el estado de Baviera al sudeste de Alemania, no fue una ciudad escogida precisamente por su situación geográfica, sino por haber sido el único recinto judicial de Alemania que se salvó de ser destruido por los bombardeos durante la Segunda Guerra Mundial. Berlín hubiera sido la ubicación ideal pero estaba en ruinas y se descartó enseguida. Además, el palacio de justicia de Núremberg conservaba una prisión en buenas condiciones. El juicio comenzó un 20 de noviembre de 1945 a las diez y media. La sala la presidía el juez británico Geoffrey Lawrence y le hizo falta un día entero para leer el acta de acusación de veinticinco mil palabras. Las decisiones del Tribunal serían inapelables, no se podría interponer ningún recurso contra ellas. Otro punto importante del proceso fue la fusión del Common Law de los británicos y norteamericanos, y el derecho continental que -heredado del derecho romano- compartían franceses y rusos. Dos culturas jurídicas distintas, unidas. Sobre las pruebas que presentaron los Aliados éstas fueron de tres tipos. La primera, la prueba documental. Los alemanes lo registraban todo y su estructura organizativa o mentalidad cuadriculada del orden llevó a que se conservaran muchos documentos. Las segundas, las pruebas gráficas. Por una parte, estaban las realizadas por los ejércitos de liberación; y por otra, las sacadas por los propios nazis para el recuerdo. Las terceras fueron las más determinantes: las testificales, destacando los esclarecedores testimonios de algunas víctimas de los campos de concentración.

De entre todos los acusados, Göring fue el protagonista. No solo por su rango de Reichsmarschall, que también, si no por la actitud que adoptó durante el juicio. Un morfinómano adicto a las drogas que se entregó a los Aliados llevando con él una maleta de sustancias de todo tipo no podía pasar desapercibido. No quedó otra opción que desintoxicarlo antes de que se iniciaran los procesos para que estuviera en condiciones de declarar. Y así fue. El resto de sus «colegas» procesados adoptaron una actitud derrotista y pasiva pero Göring fue enérgico en sus declaraciones siendo consciente en todo momento de que era el foco principal de la prensa internacional. Su abogado no tardó en intentar detener el juicio basándose en el conocido principio penal nullum crimen, nulla pena, sine lege, y también aprovechó para impugnar la falta de legitimidad del tribunal por carecer, según él, de carácter internacional y por ser los jueces únicamente de los estados vencedores de la guerra. Es verdad que no puede haber castigo si el delito cometido no se encuentra tipificado en la ley. Nulla pena sine lege, no hay delito sin ley previa que lo sancione como tal. Castigar con una ley nueva un delito ya cometido es contrario a este principio. ¿Se estaba creando derecho y por eso había que aplicar un principio especial? ¿Era eso o era más bien una venganza disfrazada de legalidad? Otra cuestión a debatir, la territorialidad. El principio de lex loci, de aplicar las normas del lugar donde el delito ha tenido lugar no podía aplicarse porque la ley nazi había colaborado en los delitos de los que ahora se acusaba a los dirigentes alemanes.

Se dieron varias objeciones durante el juicio. La primera: la ignorancia. Sobre ella los acusados insistían en que desconocían lo que ocurría, incluso en asuntos que trataban directamente. La segunda: la obediencia. La Reductio ad Hitlerum consistió en «declarar excusándose», inculpando a Adolf Hitler como único responsable de todas las órdenes emitidas. Echar la culpa al muerto vulgarmente dicho. La tercera: la irretroactividad de la ley. Las acciones nacionalsocialistas se llevaron a cabo conforme al derecho interno de Alemania, y en Núremberg se les acusó por un delito contenido en una ley post-facto creada en el Estatuto de Londres. Hitler escaló políticamente y expandió su pensamiento modificando las disposiciones legales a su favor, y aunque parezca un oxímoron, las acciones se gestaron a través de un régimen totalitario pero legitimado democráticamente por el pueblo alemán que, de inicio, apoyó su causa. En la masacre del bosque de Katyn fueron ejecutados veintidós mil oficiales polacos. Durante el juicio se demostró que la orden había sido ejecutada por el NKVD ruso pero el tribunal no se pronunció. La Unión Soviética lo negó hasta 1990 cuando reconoció que fue responsable de la matanza y de su encubrimiento entregando los documentos desclasificados. ¿Sólo se consideraban delitos los cometidos por el ejército alemán? ¿No deberían haberse juzgado también otras matanzas como ésta? ¿Qué fue de las alianzas por conveniencia con el régimen nazi?

El 30 de septiembre de 1946 se empezó a leer la Sentencia para la que fueron necesarios dos días. A partir de ese momento y de la ejecución de las penas, los norteamericanos celebraron doce juicios más, entre ellos, el de los jueces. Los jueces alemanes fueron acusados de delitos cometidos en nombre de la ley, demostrándose que eran responsables por administrar la ley en contra de los propios habitantes de su país. Sabían por su profesión que las leyes raciales eran incompatibles con los derechos fundamentales. Es evidente el apoyo que brindaron los juristas alemanes a la ideología nazi y como la ley y la política representaron dos expresiones diferentes de la misma voluntad. Usaron la ley como medio de exculpación, pervirtiéndola, para la consecución de sus objetivos políticos. No todo terminó con aquel veredicto final de Núremberg, ni con los doce juicios posteriores. Se iniciaba un camino de cambio que la Guerra Fría congeló hasta 1998, año de la creación de la Corte Penal Internacional con el Estatuto de Roma.

Hace poco leí una frase que me gustó y que me hizo pensar: «El fanatismo es la única fuerza de voluntad de la que son capaces los débiles». Y es verdad. Es así. Ocultan sus carencias tras esa fachada irreal de seguridad. Una fachada exterior aparentemente implacable pero internamente indecisa y débil que llevó a que muchos de los asuntos, en este caso de Hitler, anduvieran a la deriva o dirigidos por sus manos derechas. Por eso mismo, gran parte de los historiadores expertos en el Führer piensan que probablemente haya sido el líder político más débil de la historia de Alemania. Débil pero bien rodeado. Y manejado.

Aquel mundo enloquecido que parece lejano debe servirnos de advertencia sobre a dónde conducen las ideologías basadas en el odio.

El odio destruye y eso hicieron con ellos mismos. Ese fue su fin.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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